Guía de referencia · actualizado el 04.07.2026
Glosario de términos de residencia en España: extranjería en palabras claras
Actualizado: 4 de julio de 2026 · Verificado por el equipo de EuroGarant con fuentes oficiales (BOE, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones)
En breve: extranjería es todo lo relacionado con la situación legal de los extranjeros en España: estatus, formularios, certificados, organismos. En impresos, resoluciones y colas estas palabras no se traducen: hay que conocerlas. A continuación, 65 términos explicados con claridad: qué es cada uno, para qué sirve y cuál es su matiz clave.
Términos por temas
Seis grupos temáticos del glosario: una entrada rápida si busca un tema y no una letra.
NIE · TIE · apostilla · antecedentes penales · empadronamiento · NUSS · volante
arraigo (cinco tipos) · DNV · NLV · estancia · residencia · larga duración · reagrupación familiar
Extranjería · UGE-CE · Seguridad Social · gestor · abogado colegiado
cita previa · huellas · renovación · caducidad · silencio administrativo · recursos
IPREM · SMI · DELE · CCSE · jura de nacionalidad
A
- Abogado colegiado
- Abogado inscrito en un colegio oficial de abogados (en Barcelona, el ICAB; en Madrid, el ICAM). Solo un colegiado puede actuar ante los tribunales y representarle oficialmente en los recursos contra denegaciones. Su número puede comprobarse en el registro público del colegio: una verificación básica antes de empezar a colaborar.
- Antecedentes penales
- Certificado de ausencia de antecedentes penales del país de nacionalidad y de los países donde haya residido en los últimos años. Para España se exige con apostilla y traducción jurada. Matiz clave: en la fecha de presentación el certificado no puede tener más de 90 días — pídalo en el momento oportuno, no en primer lugar.
- Apostilla
- Sello que certifica la autenticidad de un documento para su uso en el extranjero conforme al Convenio de La Haya. Se estampa en el país emisor del documento (en Rusia, según el tipo de documento: Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia o el registro civil). El orden es estricto: primero la apostilla y después la traducción jurada, pues se traduce el documento junto con el sello.
- Arraigo
- Residencia por circunstancias excepcionales para quienes ya viven en España sin estatus legal. Según el reglamento RD 1155/2024 basta con residir 2 años de forma continuada; las ausencias admitidas no pueden superar en total 90 días. Existen cinco tipos: social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad.
- El tipo de arraigo más habitual: 2 años de residencia, medios de vida y prueba de integración: vínculos familiares con un residente o un informe de arraigo. No se exige contrato de trabajo. La solicitud se presenta con el formulario EX-10, plazo máximo de resolución: 3 meses.
- Arraigo sociolaboral
- Tipo de arraigo para quienes cuentan con una oferta o un contrato de trabajo de al menos 20 horas semanales. Los requisitos de residencia son los mismos que en el social, pero el eje del expediente es el empleador y las condiciones del contrato. La concesión otorga autorización de residencia y trabajo.
- Arraigo socioformativo
- Arraigo a través de la formación: en lugar de contrato de trabajo, matrícula en un programa oficial de estudios o de formación profesional. Tras la reforma del reglamento, este tipo permite trabajar mientras se estudia. Pensado para quienes no tienen oferta laboral pero sí una matrícula.
- Arraigo familiar
- Arraigo para progenitores de menores ciudadanos de la UE y familiares de españoles. No exige un período mínimo de residencia y la autorización se concede directamente por 5 años — el tipo de arraigo más «fuerte». Se basa en el parentesco acreditado documentalmente.
- Arraigo de segunda oportunidad
- Tipo de arraigo para quienes tuvieron estatus legal en España pero no lograron renovarlo. Introducido por el reglamento RD 1155/2024 precisamente para devolver a estas personas a la legalidad sin salir del país. Exige acreditar el estatus anterior y la situación actual.
- Autónomo
- Trabajador por cuenta propia: alta en Hacienda y en la Seguridad Social (régimen RETA), con cuotas mensuales. Un extranjero solo puede trabajar como autónomo si su autorización incluye el trabajo por cuenta propia. Los estatus obtenidos por arraigo suelen incluir ambos derechos: empleo por cuenta ajena y actividad propia.
- Autorización de regreso
- Documento que permite salir de España y volver mientras la tarjeta TIE está en tramitación o renovación. Se gestiona en la policía con cita previa, presentando pasaporte, resguardo y justificante del viaje. Sin ella, en la frontera podrían no dejarle volver a entrar solo con el resguardo.
C
- Caducidad
- Fecha en que expira la tarjeta o la autorización, impresa en la propia TIE. La renovación se solicita dentro de la ventana establecida antes de esa fecha y en un plazo limitado después. Un estatus caducado sin renovación presentada es el camino directo a perder la residencia y a que el tiempo acumulado quede «a cero».
- Carta de invitación
- Invitación oficial que un residente en España tramita en la policía para alojar en su casa a un invitado extranjero. Sustituye a la reserva de hotel en un viaje turístico. No guarda relación directa con la residencia, pero surge constantemente en las consultas sobre visitas de familiares.
- CCSE (examen de Constitución y cultura)
- Prueba del Instituto Cervantes sobre la Constitución y la realidad sociocultural de España, obligatoria para la nacionalidad por residencia. El período estándar de naturalización para los rusos es de 10 años, y en caso de matrimonio con ciudadano español, 1 año; puede calcular sus fechas en la calculadora de nacionalidad y consultar las condiciones en la guía sobre la nacionalidad.
- Certificado de empadronamiento
- Certificado oficial de empadronamiento expedido por el ayuntamiento, con firma y sello, a diferencia del simple volante. Se solicita para trámites «serios»: nacionalidad, juzgados, determinadas presentaciones ante Extranjería. La variante histórico muestra toda la cronología de empadronamientos: documento clave para el arraigo.
- Cita previa
- Reserva de hora en un organismo público: policía, Extranjería, consulado. Sin cita, la mayoría de los trámites no pueden ni empezar, y en las grandes ciudades las horas libres escasean. La cita es gratuita y se pide en las webs oficiales; la «venta de citas» por intermediarios es una zona gris que las administraciones denuncian con regularidad.
- Contrato indefinido
- Contrato de trabajo sin fecha de fin. En los expedientes de extranjería pesa bastante más que uno temporal: acredita estabilidad de ingresos en renovaciones, arraigo sociolaboral y reagrupación familiar. Las vías de trabajo legal para los rusos se explican en el análisis «Trabajar en España».
- Convalidación
- Reconocimiento de asignaturas o períodos de estudios extranjeros para continuar la formación en una universidad española. No confundir con la homologación, que reconoce el título completo. Interesa a estudiantes que se trasladan a España sin terminar el programa en su país.
- Cuenta ajena
- Literalmente «por cuenta de otro»: trabajo para un empleador con contrato laboral. Las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena están vinculadas al empleo y a las cotizaciones del empleador a la Seguridad Social. Lo contrario es la cuenta propia.
- Cuenta propia
- Actividad independiente: autónomo, negocio propio. La autorización por cuenta propia exige demostrar la viabilidad del proyecto y medios suficientes. Algunos estatus, como los obtenidos por arraigo, incluyen ambos derechos a la vez: empleo por cuenta ajena y actividad propia.
D
- DELE (examen de español)
- Examen oficial del Instituto Cervantes que acredita el nivel de español. Para la nacionalidad, los solicitantes no hispanohablantes necesitan como mínimo el nivel A2. El certificado no caduca: puede examinarse con antelación, mucho antes de acumular el tiempo de residencia.
- DNI (documento de identidad español)
- Documento Nacional de Identidad: la identificación de los ciudadanos españoles. Los extranjeros no tienen DNI: sus identificadores son el número NIE y la tarjeta TIE. Si un formulario o una web pide el DNI, el residente extranjero indica su NIE.
- DNV — visado de nómada digital
- Visado y residencia para trabajar en remoto para empresas y clientes fuera de España; su base legal es la Ley 14/2013. El umbral de ingresos es el 200% SMI, que en 2026 equivale a 2 760–2 850 €/mes. Requisitos, impuestos y ruta de solicitud, en el análisis del DNV.
E
- Empadronamiento
- Inscripción en el padrón municipal de habitantes conforme a la Ley 7/1985, accesible con independencia del estatus migratorio. Abre el acceso a la sanidad y la escuela, es necesaria para el informe de arraigo y deja constancia de la cronología de residencia. Cómo empadronarse y qué documentos llevar, en la guía sobre el empadronamiento.
- Estancia
- Estatus de estancia, a diferencia de la residencia: el ejemplo típico son los estudios (estancia por estudios). La estancia por estudios solo computa para la residencia de larga duración al 50%, y para la nacionalidad no computa en absoluto; un estudiante puede trabajar hasta 30 h/semana. Más detalles en la guía sobre la estancia por estudios.
- EX-10 (formulario para el arraigo)
- Impreso de solicitud de autorizaciones por circunstancias excepcionales: todos los tipos de arraigo y las razones humanitarias. Se presenta en la Oficina de Extranjería junto con el expediente. Usar una versión desactualizada del impreso es una causa menor típica de requerimiento (petición de subsanación).
- EX-15 (formulario para el NIE)
- Impreso de solicitud de asignación del número NIE y de certificados. Va acompañado del pago de la tasa con el modelo 790-012. Las tres vías para obtener el NIE — policía, consulado, apoderado — se explican en la guía sobre el NIE.
- EX-17 (formulario para la TIE)
- Impreso de solicitud de expedición de la tarjeta TIE, que se rellena para la cita de toma de huellas. Junto a él necesitará fotos de 32×26 mm, la tasa pagada y el documento que acredita el derecho (visado o resolución favorable).
- Extranjería / Oficina de Extranjería
- Órgano territorial que resuelve la mayoría de las solicitudes de residencia presentadas dentro de España: arraigo, reagrupación, renovaciones. Hay una oficina en cada provincia y la competencia se determina por su empadronamiento. No confundir con la policía, que se ocupa del NIE, la TIE y las huellas.
F
- Formularios EX
- Familia de impresos oficiales de solicitud de autorizaciones. El número depende del trámite: EX-10, circunstancias excepcionales; EX-15, NIE; EX-17, TIE; EX-02, reagrupación familiar. Los impresos se descargan gratis de la web del ministerio: no hay que pagar a nadie por los formularios.
G
- Gestor / gestoría
- Profesionales del papeleo: rellenan formularios, piden citas, llevan impuestos y contabilidad. El gestor no es abogado: los casos complejos, las denegaciones y los recursos no son su terreno. Para trámites estándar es una opción válida; para los conflictivos, busque un abogado colegiado.
- Golden visa (derogada)
- Residencia de inversor, derogada el 03.04.2025 por la Ley Orgánica 1/2025. La compra de vivienda a partir de 500 000 € ya no da derecho a la residencia; las tarjetas expedidas antes siguen vigentes. Qué elegir en su lugar, en el análisis sobre la golden visa.
H
- Homologación
- Reconocimiento de un título extranjero como equivalente al español. Es obligatoria para las profesiones reguladas (medicina, abogacía, ingeniería) y para la función pública. El proceso no es rápido: cuente con meses y presente los documentos con antelación, sin esperar a tener una oferta.
- Huellas / toma de huellas
- Toma de huellas dactilares en la policía: la etapa final antes de la expedición de la tarjeta TIE. Lleve consigo el formulario EX-17, fotos, la tasa pagada, el pasaporte y la resolución favorable. Tras el trámite entregan un resguardo; la tarjeta suele estar lista en 30–45 días.
I
- Informe de arraigo
- Documento de la comunidad autónoma o del ayuntamiento que acredita la integración del solicitante para el arraigo social cuando no hay vínculos familiares con un residente. Se valoran el tiempo de residencia, la vivienda, los medios, los cursos y los vínculos sociales; normalmente incluye una entrevista.
- Informe de vivienda
- Informe de adecuación de vivienda: dictamen sobre la idoneidad de la vivienda, obligatorio para la reagrupación familiar. El ayuntamiento o la comunidad autónoma comprueba la superficie, el número de habitaciones y cuántas personas viven allí. Sin él, el expediente de reagrupación se considera incompleto.
- IPREM (indicador de ingresos)
- Indicador de referencia con el que se calculan los umbrales económicos de extranjería. En 2026 sigue congelado: 600 €/mes, o 7 200 €/año. Del IPREM dependen la NLV (umbral del 400% IPREM), la residencia de estudios y la reagrupación; todos los umbrales están reunidos en la página «Cifras de la residencia 2026».
J
- Jura de nacionalidad
- Acto final de la naturalización: tras la aprobación de la solicitud, se jura fidelidad al Rey y a la Constitución y se declara la renuncia a la nacionalidad anterior (para la mayoría de países sin convenios especiales, la renuncia tiene carácter declarativo). La tramitación de la solicitud dura de media 1–2 años. Tras la aprobación hay también un plazo limitado para jurar: dejarlo pasar anula el resultado.
L
- Larga duración (residencia permanente)
- Estatus indefinido tras 5 años de residencia legal: el equivalente español de la residencia permanente. Límites de ausencias en ese período: no más de 6 meses seguidos y 10 meses en total. La tarjeta se renueva como mero trámite y el derecho a trabajar es pleno; condiciones y derechos, en la guía sobre la larga duración.
N
- NIE (número de extranjero)
- Número de Identidad de Extranjero: el número personal del extranjero para cualquier gestión oficial: impuestos, banco, compra de vivienda, trabajo. El número no caduca y por sí solo no da derecho a vivir en España. Tramitación: formulario EX-15 más la tasa 790-012 — unos 9,84 €; la guía completa: «Cómo obtener el NIE».
- NLV — residencia no lucrativa
- Residencia para quienes viven de ingresos pasivos o ahorros y no piensan trabajar en España. El umbral es el 400% IPREM, es decir 2 400 €/mes, más 600 €/mes por cada familiar. Para quién es y cómo acreditar los medios, en el análisis de la NLV.
- Número de la Seguridad Social (NUSS)
- Número en el sistema de la Seguridad Social: sin él no es posible trabajar legalmente ni cotizar. Se obtiene una sola vez, online o en una oficina de la TGSS, y no cambia en toda la vida. No confundir con el NIE: son números distintos de sistemas distintos.
P
- Padrón (registro municipal de habitantes)
- Registro en el que uno se «inscribe» con el empadronamiento. Los extranjeros sin residencia permanente deben confirmar su inscripción (procedimiento ENCSARP) cada 2 años; de lo contrario se anula y la cronología se interrumpe. De los datos del padrón se expiden los volantes y certificados.
- Pareja de hecho
- Unión registrada oficialmente sin matrimonio, reconocida por el derecho de extranjería. La pareja de un ciudadano de la UE o de España puede optar a la tarjeta comunitaria igual que un cónyuge. Las normas de registro varían por comunidades: los requisitos de convivencia y los registros son locales.
- Presencia efectiva
- Residencia real, no solo «sobre el papel»: es lo que se comprueba en el arraigo, las renovaciones y la nacionalidad. Se demuestra con documentos con fecha y nombre: padrón, historiales médicos, movimientos bancarios, contratos, abonos. Un empadronamiento sin rastro de vida real es una causa frecuente de denegación.
- Prórroga de estancia
- Procedimiento excepcional para prolongar una estancia corta más allá del límite de 90 días sin salir del país, por fuerza mayor o razones humanitarias. Se concede rara vez y a regañadientes. Para vivir en España a largo plazo, el camino correcto es el visado D y la residencia, no prolongar el estatus turístico.
R
- Reagrupación familiar
- Derecho del residente con estatus ya renovado a traer al cónyuge, a los hijos y, en ciertos casos, a los padres. Ingresos: 900 €/mes para una familia de dos personas, más 300 €/mes por cada miembro adicional; la solicitud se presenta con el formulario EX-02. El anexo obligatorio es el informe de vivienda.
- Recurso de reposición
- Recurso potestativo contra una denegación, presentado ante el mismo órgano que la dictó. El plazo es de un mes desde la notificación. La alternativa es acudir directamente a la vía judicial (recurso contencioso-administrativo); la opción disponible figura siempre en la propia resolución.
- Recurso de alzada
- Recurso ante el órgano superior: por ejemplo, contra una decisión de Extranjería, ante la Delegación del Gobierno. El plazo es de un mes; su presentación mantiene la vía administrativa antes de acudir al juzgado. En denegaciones controvertidas conviene contar en esta fase con un abogado colegiado.
- Régimen comunitario
- Régimen jurídico para ciudadanos de la UE y sus familiares, más flexible que el régimen general: menos requisitos de ingresos y formularios y plazos propios. Los rusohablantes pueden acceder a él por matrimonio, pareja de hecho o parentesco con un ciudadano de la UE. Su documento clave es la tarjeta comunitaria.
- Reglamento de Extranjería
- Reglamento vigente en materia de extranjería, el RD 1155/2024, aplicable desde el 20.05.2025. Es el que fija las reglas actuales del arraigo, la reagrupación y las renovaciones; los expedientes preparados con las normas antiguas se rechazan. La ruta paso a paso con las nuevas reglas, en la guía «Cómo obtener la residencia».
- Renovación
- Renovación de la autorización por un nuevo período. Se presenta dentro de la ventana establecida en torno a la fecha de caducidad; presentada a tiempo, mantiene automáticamente la legalidad hasta la resolución. Plazos, umbrales de ingresos y errores frecuentes, en la guía sobre la renovación de la residencia.
- Resguardo
- Justificante de haber presentado el expediente o de haber entregado las huellas. El resguardo de una renovación presentada acredita la legalidad de la estancia mientras se resuelve. Para viajar al extranjero el resguardo solo no basta: tramite una autorización de regreso.
- Residencia
- Estatus de residencia, a diferencia de la estancia. Puede ser temporal o de larga duración, con o sin derecho a trabajar. Del tipo de residencia depende también cómo se acumula el tiempo para la residencia permanente y la nacionalidad.
S
- Sistema público de protección social: pensiones, bajas, sanidad pública. Al trabajador lo da de alta el empleador; el autónomo cotiza por sí mismo. Todo el historial en el sistema queda registrado y puede verse en el informe de vida laboral.
- Seguro médico sin copagos
- Seguro médico de cobertura completa y sin copagos: requisito obligatorio de la NLV, de la residencia de estudios y de otros visados mientras no tenga acceso a la sanidad pública. La póliza debe ser de una compañía que opere en España, sin franquicias ni períodos de carencia. No olvide incluirlo en el expediente: compruébelo en el generador de la lista de documentos.
- Silencio administrativo
- Ficción jurídica para cuando el órgano no responde en el plazo establecido: positivo, la solicitud se entiende aprobada; negativo, denegada. En extranjería el régimen depende del tipo de solicitud, así que «esperar sin más» sin conocer su silencio es arriesgado. Un ejemplo ilustrativo de este mecanismo es la regularización extraordinaria de 2026.
- SMI (salario mínimo)
- Salario Mínimo Interprofesional; en 2026, 1 221 €/mes en 14 pagas. Del SMI se calcula el umbral del visado de nómada digital: 200% SMI. La evolución por años y todos los umbrales, en la página «Cifras de la residencia 2026».
T
- Tarjeta comunitaria
- Tarjeta de residencia del régimen comunitario, para cónyuges, parejas y familiares de ciudadanos de la UE que viven en España. Se expide directamente por 5 años e incluye pleno derecho a trabajar. La base es el matrimonio, la pareja de hecho o el parentesco acreditado.
- Tasa
- Tributo por la tramitación de una solicitud o la expedición de un documento. Modelos clave: 790-012 — trámites de la policía (NIE, TIE), 790-052 — autorizaciones a través de Extranjería. Se paga en el banco con el impreso ya rellenado y el justificante se incorpora al expediente; los importes y partidas de gasto, en el análisis del coste de la residencia.
- TIE (tarjeta de residente)
- Tarjeta de Identidad de Extranjero: la tarjeta física del extranjero con foto, número NIE y tipo de autorización. Para solicitarla tras la entrada o la aprobación se dispone de 1 mes; la tasa de expedición ronda los 16 €. Cita, huellas, recogida y renovación, en la guía sobre la tarjeta TIE.
U
- UGE-CE (unidad de grandes empresas)
- Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos: el órgano con sede en Madrid que resuelve las solicitudes de la Ley 14/2013: nómadas digitales, profesionales altamente cualificados, emprendedores. Trabaja online con toda España y sus plazos de resolución son más cortos que los de la Extranjería ordinaria. Allí van los expedientes de DNV presentados desde dentro del país.
V
- Vida laboral
- Informe de vida laboral: extracto oficial de la Seguridad Social con todo su historial laboral en España, con todas las altas y bajas y sus fechas. Se solicita online en un par de minutos. Se necesita para renovaciones, hipotecas, arraigo y cualquier disputa sobre períodos cotizados.
- Visado D (visado nacional)
- Visado de entrada para estancias de más de 90 días, orientado a residencia, estudios o trabajo. Se tramita en el consulado del país de residencia; en el momento de la solicitud el pasaporte debe ser válido al menos 1 año más. Los tipos de visado y sus diferencias con el Schengen, en el análisis «Visado para España».
- Volante de empadronamiento
- Justificante informativo simple del empadronamiento: el ayuntamiento lo expide rápido, sin firma de un responsable. Para la mayoría de gestiones cotidianas basta el volante; para trámites del nivel de la nacionalidad o los juzgados piden el certificado. La cronología completa de domicilios la muestra la variante histórico.
Ruta básica: los términos en el orden correcto
Cómo estas mismas palabras componen el camino de la legalización, del primer número al estatus indefinido.
- NIE — obtener el número personal de extranjero: formulario EX-15 más la tasa 790-012 (unos 9,84 €). Sin él no funcionan ni el banco, ni los impuestos, ni las operaciones.
- La vía de residencia y el visado D — elegir el estatus (por ejemplo, DNV — umbral del 200% SMI, o NLV — 400% IPREM) y abrir el visado nacional en el consulado.
- Empadronamiento — al llegar, empadronarse en el ayuntamiento: abre la sanidad y la escuela y deja constancia de la cronología de residencia.
- TIE y huellas — en el plazo de 1 mes solicitar la tarjeta (formulario EX-17) y entregar las huellas; la tarjeta suele estar lista en 30–45 días.
- Renovación → larga duración — renovar el estatus a tiempo y, tras 5 años de residencia legal, tramitar la residencia indefinida.
No confundir: términos parecidos
Los seis pares que más se mezclan en los impresos y en las conversaciones con la administración.
El NIE es el identificador del extranjero; el NUSS, el número de la Seguridad Social. Números distintos de sistemas distintos.
Estancia frente a residencia: la estancia por estudios solo computa al 50% para la larga duración y no computa para la nacionalidad.
El volante es un justificante informativo rápido; el certificado lleva firma y sello, para nacionalidad y juzgados.
La homologación reconoce el título completo; la convalidación, asignaturas y períodos de estudios.
El gestor se ocupa del papeleo y las citas; para denegaciones, recursos y juzgados, solo un abogado colegiado.
Extranjería resuelve las solicitudes de residencia; la policía se ocupa del NIE, la TIE y las huellas.
Fuentes oficiales: BOE — Real Decreto 1155/2024 (Reglamento de Extranjería) · Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones — formularios de solicitud (EX) · Policía Nacional — tasa 790-012